Art. 19
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Los Asientos

Art. 19

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En vigor desde 1 oct 2008
En los libros de Registro se practicarán los siguientes asientos: a) Asiento de presentación b) Inscripciones c) Anotaciones preventivas d) Cancelaciones e) Notas marginales
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