Art. Disposición adicional cuarta

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 17 mar 1997
El Reglamento que aprueba el presente Real Decreto se aplicará a las garantías prestadas en el ámbito de la contratación de las Administraciones públicas en aquellos aspectos no regulados expresamente por la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y sus normas de desarrollo.
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