Libro REGLAMENTO ORGÁNICO DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES›Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO VI›Secc. Sección 5.ª De la terminación
Art. Disposición adicional única
211 / 211En vigor desde 24 dic 2024
Las referencias efectuadas en el presente reglamento al Secretario General de la Administración de Justicia se entenderán realizadas a la persona titular de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, o a la persona titular del órgano que asuma las funciones atribuidas a este último.
Se añade por el .56 del Real Decreto 1280/2024, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-26773
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2005/12/30/1608#disposicion-adicional-unica