Art. Disposición adicional
7 / 9En vigor desde 8 dic 2011
De acuerdo con el artículo 12 de Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, se pondrán en marcha los mecanismos de colaboración necesarios con el Instituto Español de Oceanografía a efectos de lo dispuesto en el artículo 27.4 de la misma Ley, y en los artículos 6 y 36.1 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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Proeli/es/rd/2011/11/04/1599#disposicion-adicional