Art. Disposición adicional segunda
13 / 24En vigor desde 1 jul 2021
Todos aquellos vehículos que se encuentren registrados con la anterior clasificación en el Registro de Vehículos a la entrada en vigor de este real decreto, pasarán a formar parte del Registro Estatal de Auxilio en Vías Públicas de forma automática.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2021/03/16/159#disposicion-adicional-segunda