Art. Disposición final segunda
5 / 5En vigor desde 17 abr 2016
El Plan de gestión de riesgo de inundación que se aprueba será eficaz desde el día siguiente al de la publicación del presente real decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Deberá ser revisado y actualizado, incluidos los componentes previstos en el anexo parte B del Real Decreto 903/2010, de 9 julio, a más tardar el 22 de diciembre de 2021 y a continuación cada seis años.
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Proeli/es/rd/2016/04/15/159#disposicion-final-segunda