Art. 7

Art. 7

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En vigor desde 2 ene 2008
Corresponde al Comité Técnico el ejercicio de las siguientes funciones: a) Elevar al Pleno las líneas de estudio, asesoramiento y análisis sobre el sector de la lectura, el libro y las bibliotecas, a fin de ser debatidas por el Pleno. b) Elaborar y elevar al Pleno para su aprobación el reglamento interno de funcionamiento del Observatorio del Libro y la Lectura c) Cualquier otra función que pudiera asignarle el Pleno.
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eli/es/rd/2007/11/30/1574#art-7