Título 5. ÁMBITOS DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO EN LA LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE EMPLEO
Art. 5.7
28 / 34En vigor desde 20 nov 2011
En este ámbito se incluye la realización de acciones y medidas dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales mediante el empleo autónomo, o la economía social, o bien encaminadas a la generación de empleo, la creación y promoción de todo tipo de actividad empresarial y la dinamización e impulso del desarrollo económico local.
Acciones y medidas integradas de aplicación para el conjunto del Estado, por parte de Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos competenciales destinadas a facilitar el establecimiento de personas trabajadoras como autónomos o su incorporación como socios y socias de cooperativas o sociedades laborales, y a la creación de empresas, que incluyan :
◦ Ayudas por establecimiento como autónomo/a o incorporación como socio/a en cooperativas y sociedades laborales, así como para la creación de empresas.
◦ Ayudas financieras sobre préstamos.
◦ Ayudas destinadas a inversiones.
◦ Ayudas de asistencia técnica y apoyo a la función gerencial.
◦ Ayudas para la formación.
◦ Ayudas destinadas al estudio de mercados y análisis de viabilidad.
• Medidas de emprendimiento vinculadas a actividades económicas emergentes y con potencial de generar de empleo, especialmente las relacionadas con las energías renovables; el turismo sostenible; las industrias culturales, sociales y de la salud; la dependencia; las nuevas tecnologías; las ecoindustrias, o la rehabilitación de edificios.
• Promoción, en los ámbitos del fomento de iniciativas emprendedoras por parte de personas desempleadas, de actividades productivas estratégicas, emergentes o con potencial de creación de empleo.
• Otras líneas de apoyo, por ejemplo generalizar las ayudas destinadas a inversiones directas e incluir ayudas destinadas a estudios de mercado y análisis de viabilidad.
• Refuerzo de las medidas específicas de orientación y asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento dirigidas a las personas inscritas en los servicios públicos de empleo (y en particular, para personas desempleadas de larga duración y personas que precisen una recualificación profesional).
• Fomento de la capacidad emprendedora de la población activa, especialmente de las personas jóvenes, mediante la formación y la economía social.
• Fomento de medidas especiales para la facilitar la permanencia de los autónomos en sus negocios, así como de apoyo las Pequeñas y Medianas Empresas en dificultades.
• Medidas de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo y de la creación de empresas, cooperativas y sociedades laborales vinculadas al fomento del empleo.
• Favorecer el uso de la tramitación electrónica en el área de creación de empresas.
• Actuaciones de refuerzo de la planificación y gestión empresarial entre trabajadores autónomos y en el ámbito de la economía social. Incorporación de prácticas de responsabilidad social empresarial.
• Facilitar la viabilidad financiera de los proyectos de emprendimiento (autónomos y de economía social) y la puesta en marcha de la actividad.
• Iniciativas de fomento de la iniciativa empresarial (por ejemplo, facilitando instalaciones y apoyo profesional a las iniciativas emprendedoras) mediante el trabajo autónomo y la economía social.
• Impulso de actuaciones de emprendimiento en actividades económicas emergentes y con potencial de crear empleo dentro de la economía social y del trabajo autónomo.
• Apoyo a la creación empresarial mediante actividades de asesoramiento a los emprendedores, acciones encaminadas a facilitar y mejorar el acceso a la financiación, y actividades formativas en el terreno de la creación empresarial.
• Desarrollo de acciones específicas para favorecer la recualificación y reinserción profesional de los trabajadores autónomos que tengan reconocida una prestación por cese de actividad.
Personas jóvenes.
Personas mayores de 45 años.
Mujeres.
Personas con discapacidad.
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Proeli/es/rd/2011/10/31/1542#5-7