Título 5. ÁMBITOS DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO EN LA LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE EMPLEO
Art. 5.4
25 / 34En vigor desde 20 nov 2011
Acciones y medidas que impliquen la realización de un trabajo efectivo en un entorno real y permitan adquirir formación o experiencia profesional dirigidas a la cualificación o inserción laboral.
En este ámbito se persigue el diseño y desarrollo de actuaciones que incrementen la cualificación de la población desempleada, adaptándola a las necesidades del mercado laboral, mediante la adquisición de competencias profesionales a través de procesos mixtos de empleo y formación que permitan compatibilizar el aprendizaje con la realización de un trabajo efectivo.
Acciones y medidas de aplicación para el conjunto del Estado, por parte de Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos competenciales:
• Impulso de los contratos de formación y aprendizaje que permitan la contratación de personas jóvenes, alternando trabajo y adquisición de cualificación profesional, y promuevan su estabilidad en el empleo, y ejecución de la formación asociada a dichos contratos.
• Vinculación de las acciones de empleo y formación a los certificados de profesionalidad.
• Actuaciones integradas de empleo y formación especialmente vinculadas al cambio del modelo productivo y a los requerimientos de las actividades económicas emergentes y/o con potencial en la generación de empleo (energías renovables; industrias culturales, sociales y de la salud; dependencia; nuevas tecnologías; o rehabilitación de edificios, entre otros).
Personas provenientes de sectores en crisis y personas jóvenes en desempleo menores de 30 años que necesiten adquirir o mejorar sus competencias profesionales para su reinserción laboral.
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Proeli/es/rd/2011/10/31/1542#5-4