Art. 3
3 / 21En vigor desde 30 jul 1986
Únicamente podrán ser miembros de las citadas asociaciones los padres o tutores de los alumnos que cursen estudios en los Centros docentes a que se refiere el artículo anterior.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/07/11/1533#art-3