Art. 15
Libro REGLAMENTO DEL INSTITUTO CERVANTESCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª El Director del Instituto

Art. 15

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En vigor desde 6 may 2012
El Director será nombrado por el Consejo de Ministros, a iniciativa del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, y a propuesta conjunta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Educación, Cultura y Deporte. Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 775/2012, de 4 de mayo. Ref. BOE-A-2012-5990 . Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 2018/2004, de 11 de octubre. Ref. BOE-A-2004-17525

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Pro

eli/es/rd/1999/10/01/1526#art-15