Libro REGLAMENTO DEL INSTITUTO CERVANTES›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª El Patronato
Art. 10
14 / 41En vigor desde 13 oct 1999
Corresponden al Patronato las siguientes funciones:
a) Proponer las prioridades de actuación del Instituto para el mejor cumplimiento de sus fines.
b) Conocer e informar, con carácter previo a su aprobación, los planes generales de actividades del Instituto.
c) Conocer e informar, con carácter previo a su aprobación, la memoria anual de actividades.
d) Proponer cuantas iniciativas puedan contribuir al mejor funcionamiento del Instituto y al cumplimiento de sus fines.
e) Proponer al Gobierno el nombramiento de los dos consejeros, miembros del Patronato, que lo representen en el Consejo de Administración.
f) Crear, a propuesta del Consejo de Administración, las distinciones honoríficas del Instituto Cervantes y aprobar las reglas necesarias para su otorgamiento.
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Proeli/es/rd/1999/10/01/1526#art-10