Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección tercera. El Presidente
Art. 15
20 / 47En vigor desde 11 dic 2025
1. La persona titular de la Presidencia de la Entidad y de su Consejo Rector será nombrada y cesada de su cargo por el Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
2. Su retribución será autorizada por el Ministerio de Hacienda de conformidad con la normativa vigente.
Se modifica por el art. único.11 del Real Decreto 1123/2025, de 10 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-25270 Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 855/2021, de 5 de octubre de 2021. Ref. BOE-A-2021-16235 Se modifica por la disposición final 1.2 del Real Decreto 30/2011, de 14 de enero. Ref. BOE-A-2011-972 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1999/10/01/1525#art-15