Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 27 nov 2007
Queda derogado el Real Decreto 1466/1997 de 19 de septiembre por el que se determina el régimen jurídico de las líneas regulares de cabotaje marítimo y de las navegaciones de interés público, así como cuantas disposiciones del mismo o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
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