Art. 28
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. 28

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En vigor desde 24 oct 2009
A efectos de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento (CE) 504/2008 de la Comisión, de 6 de junio de 2008, será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones establecido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que pueden concurrir.
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eli/es/rd/2009/10/02/1515#art-28