Art. 3
Título TERCERA PARTECapítulo MEMORIA

Art. 3

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En vigor desde 1 ene 2008
1. Información sobre la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio, de acuerdo con el siguiente esquema: Base de reparto Importe Saldo de la cuenta de pérdidas y ganancias Remanente Reservas voluntarias Otras reservas de libre disposición Total Aplicación Importe A reserva legal A reserva por fondo de comercio A reservas especiales A reservas voluntarias A A dividendos A A compensación de pérdidas de ejercicios anteriores Total 2. En el caso de distribución de dividendos a cuenta en el ejercicio, se deberá indicar el importe de los mismos e incorporar el estado contable previsional formulado preceptivamente para poner de manifiesto la existencia de liquidez suficiente. Dicho estado contable deberá abarcar un periodo de un año desde que se acuerde la distribución del dividendo a cuenta. 3. Limitaciones para la distribución de dividendos.
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eli/es/rd/2007/11/16/1514#3-3