Art. 11

Art. 11

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En vigor desde 9 dic 2006
1. En la Educación primaria, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. 2. El profesor tutor coordinará la intervención educativa del conjunto del profesorado y mantendrá una relación permanente con la familia, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1.d) y g) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
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