Art. 13

Art. 13

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En vigor desde 18 dic 2005
Con el fin de que los resultados obtenidos en los procesos de evaluación del ruido ambiental sean homogéneos y comparables, las administraciones competentes velarán por la implantación de sistemas de control que aseguren la correcta aplicación de los métodos y procedimientos de evaluación establecidos en este real decreto.
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eli/es/rd/2005/12/16/1513#art-13