Art. REGLA NÚMERO 5
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. REGLA NÚMERO 5

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En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 5 Contralmirante 1. Descripción. Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda un roel en color azul. 2. Tipos y usos. Los indicados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
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eli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-5-2