Art. REGLA NÚMERO 3
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. REGLA NÚMERO 3

45 / 75
En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 3 Teniente General del Ejército del Aire 1. Descripción. Será una bandera cuadra, de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda tras estrellas de cuatro puntas, en color azul, y en el centro de la franja roja superior, el emblema del Ejército del Aire, en plata. 2. Tipos y usos. Los especificados en la regla número 1 del capítulo VI de este título.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-3-4