Art. REGLA NÚMERO 11
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. REGLA NÚMERO 11

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En vigor desde 19 jun 2014
REGLA NÚMERO 11 AImirante 1. Descripción. Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja gualda tres roeles en color rojo. 2. Tipos y usos. En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo III del título IV.
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eli/es/rd/1977/01/21/1511#regla-numero-11-1