Art. 35
Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES Y DE SUS RELACIONES CON LOS RESTANTES REGISTROS DE ASOCIACIONESTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Estructura

Art. 35

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En vigor desde 23 ene 2004
Las hojas registrales de las secciones 1.ª, 2.ª y 3.ª contendrán los asientos y sus modificaciones relativos a las siguientes circunstancias: a) La denominación. Se hará constar, asimismo, el número de identificación fiscal, cuando éste se hubiera obtenido, aun cuando fuera provisional. b) La calle y número o lugar de situación, la localidad, el municipio, la provincia y el código postal del domicilio. c) Fines y actividades estatutarias reflejados en forma extractada y codificada. d) Ámbito territorial en el que haya de realizar principalmente sus actividades. e) La identidad del presidente o representante legal y del secretario o miembro del órgano de representación con facultades para certificar sobre los acuerdos sociales, consignando el nombre y apellidos de éstos cuando fueran personas físicas, y la razón social o denominación cuando fueran personas jurídicas. f) La apertura y cierre de delegaciones o establecimientos de la entidad, que contendrá su domicilio, en los términos del párrafo b) anterior. g) La fecha de constitución y de la inscripción de la entidad. h) La declaración y revocación de la condición de utilidad pública, autoridad que las acuerde y fecha de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". i) Las asociaciones que constituyen o integran federaciones, confederaciones y uniones, y la referencia a sus inscripciones registrales en sus registros correspondientes. j) La pertenencia a otras asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones o entidades internacionales, y la referencia a sus correspondientes inscripciones registrales. k) La baja, suspensión o disolución de la asociación, y sus causas, así como la autoridad judicial, cuando ésta lo hubiese acordado, y el nombramiento de liquidadores para el supuesto de disolución. l) El cierre provisional o definitivo de la hoja, la fecha y su causa.
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eli/es/rd/2003/11/28/1497#art-35