Art. 12
Libro REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES Y DE SUS RELACIONES CON LOS RESTANTES REGISTROS DE ASOCIACIONESTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Inscripción de la identidad de los titulares de la junta directiva u órgano de representación

Art. 12

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En vigor desde 23 ene 2004
1. La solicitud deberá contener los datos que se indican en el artículo 6.2.ª), b) y c), así como su número de inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones. 2. La solicitud de la inscripción o modificación de los titulares de la junta directiva u órgano de representación deberá ir acompañada del acta de la reunión o del acuerdo adoptado, según se haya determinado su forma de elección en sus estatutos, o certificado del acta o del acuerdo extendido por las personas o cargos con facultad para certificarlos de acuerdo con sus estatutos, por el que se haya elegido o modificado a los titulares de la junta directiva u órgano de representación, en la que deberán constar, además de la fecha en que se haya adoptado: a) Los nombres, apellidos, domicilio y demás datos de identificación, si son personas físicas. b) La razón social o denominación si los titulares son personas jurídicas, con los datos de identificación de las personas físicas que actuarán en su nombre. c) La fecha del nombramiento y, en su caso, de la ratificación y aceptación por los titulares. d) La fecha de la revocación y del cese, en su caso, de los titulares salientes. e) Las firmas de los titulares y, en su caso, de los titulares salientes.
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eli/es/rd/2003/11/28/1497#art-12