Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 14 nov 2007
Se suprimen los siguientes órganos y unidades administrativas del organismo autónomo Boletín Oficial del Estado: La dirección general. La secretaría general. La subdirección general de la imprenta nacional. El departamento de programación editorial, documentación e información. El departamento de tecnologías de la información. El coordinador de área de recursos humanos y relaciones laborales.
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