Art. 41
Capítulo CAPÍTULO IXSecc. Sección 1.ª «Boletín Oficial Del Estado». Derechos económicos. Anuncios. Suscripciones al BOE y a otras publicaciones oficiales

Art. 41

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En vigor desde 14 nov 2007
Estarán exentos del pago de la tasa por la publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado», en todo caso: a) Los anuncios referidos a actuaciones de los procedimientos criminales seguidos ante la jurisdicción ordinaria o ante la militar. b) Los anuncios referidos a actuaciones de los demás procedimientos judiciales en los asuntos en que se litigue con el beneficio de asistencia jurídica gratuita.
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eli/es/rd/2007/11/12/1495#art-41