Art. 15
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Estructura administrativa

Art. 15

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En vigor desde 14 nov 2007
Corresponde a la secretaría general: a) La tramitación de los expedientes de adquisición de bienes y servicios y la habilitación de material. b) La gestión de todo tipo de suscripciones y de la inserción de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». c) La gestión de los ingresos y gastos, la realización de los cobros y pagos y la gestión de la tesorería. d) La gestión financiera. e) La gestión de la contabilidad. f) La preparación del anteproyecto anual de presupuesto y de los programas de acción anuales y plurianuales, así como el seguimiento y control de los mismos y, en general, todos los asuntos económicos de la Agencia. g) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos. h) La custodia, administración, conservación y mantenimiento de los bienes inmuebles, adscritos o en propiedad, de la agencia y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción y su desadscripción. i) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección de las unidades, instalaciones y servicios de la agencia. j) El servicio médico de empresa y la implantación de medidas de prevención, higiene y seguridad en el trabajo. k) Cualquier otra que le encomienden el consejo rector o el director.
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eli/es/rd/2007/11/12/1495#art-15