Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 10 nov 2011
Este real decreto se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.23.ª y 25.ª de la Constitución, por los que corresponde al Estado la competencia sobre legislación básica sobre protección del medio ambiente y bases del régimen minero y energético.
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