Art. Disposición transitoria segunda
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 16 jul 1994
Hasta la fecha de otorgamiento por el procedimiento de concurso de la concesión del servicio GSM continuará en vigor el régimen de tarifas actualmente vigente para la telefonía móvil automática. A partir de esa fecha, el régimen de tarifas será el establecido en este Reglamento.
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