Art. Disposición final primera
12 / 19En vigor desde 19 mar 2021
1. Por orden de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se podrá establecer una exención temporal, total o parcial, de los cargos a la energía eléctrica consumida por las instalaciones de electrólisis para la producción de hidrógeno renovable.
2. Adicionalmente, se detallarán las condiciones y requisitos que deberán cumplir las instalaciones referidas para que resulte de aplicación dicha exención, entre los que se incluyen los medios que permitan garantizar el origen renovable de la energía eléctrica empleada en la producción del hidrógeno renovable.
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Proeli/es/rd/2021/03/09/148#disposicion-final-primera