Art. Disposición derogatoria
4 / 17En vigor desde 12 dic 1990
Quedan derogados:
El Decreto 406/1975, de 7 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de los Agentes Aromáticos para la alimentación.
Los artículos 1.º y 2.º del Real Decreto 1771/1976, de 2 de julio, («Boletín Oficial del Estado» del 28), por el que se modifican algunos de los artículos y epígrafes de determinadas Reglamentaciones Técnico-Sanitarias y Normas alimentarias específicas; la Resolución de la Dirección General de Sanidad de 16 de diciembre de 1975 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de marzo de 1976); la Resolución de la Subsecretaría para la Sanidad de 26 de febrero de 1981 («Boletín Oficial del Estado» de 27 de marzo), y la Resolución de la Subsecretaría para la Sanidad de 28 de julio de 1982 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de septiembre), en lo que se refieran a los agentes aromáticos.
Las disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1990/11/02/1477#disposicion-derogatoria