Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 3 dic 1987
En tanto no se apruebe el Reglamento de la Escuela conservarán su vigencia el Decreto 63/1977, de 13 de enero, así como las demás disposiciones de igual o inferior rango que vinieran siendo de aplicación a la misma, en lo que no se opongan a lo establecido en este Real Decreto.
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eli/es/rd/1987/11/27/1475#disposicion-final-tercera