Art. Disposición transitoria primera
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 25 ene 2024
Las penalizaciones relativas a los regímenes en favor del clima y del medio ambiente, contempladas en el artículo 29, no serán de aplicación en 2023. Se modifica por el .10 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2024-1308

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eli/es/rd/2023/02/28/147#disposicion-transitoria-primera