Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª bis. Pagos directos asociados a los agricultores
Art. 29 bis
31 / 74En vigor desde 25 ene 2024
En el caso de las ayudas asociadas por superficie contempladas en las subsecciones 2.ª, 3.ª, 4.ª, 5.ª y 8.ª de la sección 1.ª del capítulo III del título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, en las que se establece como requisito que el solicitante lleve a cabo una gestión sostenible de insumos, se aplicará mutatis mutandis lo dispuesto en el artículo 29.4 respecto a las penalizaciones a aplicar por los incumplimientos de dicho requisito.
Se añade por el .6 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. Ref. BOE-A-2024-1308
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2023/02/28/147#art-29-bis