Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 7 nov 2007
El bachillerato tiene como finalidad proporcionar a los estudiantes formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Asimismo, capacitará a los alumnos para acceder a la educación superior.
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eli/es/rd/2007/11/02/1467#art-2