Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 9 dic 1988
En su caso, la solicitud deberá estar acompañada de los siguientes documentos complementarios: a) Autorización firmada por el solicitante a favor del Agente de la Propiedad Industrial que lo represente. b) Declaración en documento público referente a la fecha de iniciación de la primera explotación comercial no secreta de la topografía del producto semiconductor, cuando dicha fecha sea anterior a la fecha de presentación de la solicitud de registro. c) Declaración relativa a las partes de la documentación y del material que identifiquen o representen la topografía del producto semiconductor que constituyen secreto comercial. En todo caso, deberá quedar asegurada la identificación de la topografía.
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eli/es/rd/1988/12/02/1465#art-6