Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 23 dic 2018
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si bien será aplicable al ejercicio presupuestario de 2018 computado desde el 1 de enero de 2018.
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