Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 4 nov 2007
1. El presente real decreto tiene carácter de norma básica de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones finales segunda, apartado 1, y tercera de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria. 2. El presente real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.13.ª, 149.1.14.ª y 149.1.18.ª de la Constitución.
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