Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 7 nov 2012
1. El Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (COIN) es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. 2. El COIN se regirá además de por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, por estos estatutos y por los reglamentos de régimen interior de desarrollo. 3. El COIN se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
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