Art. 19
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 19

19 / 33
En vigor desde 31 ene 1999
Ponen fin a la vía administrativa todos los actos, acuerdos y resoluciones del Director general del Parque Móvil del Estado, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra los actos, acuerdos y resoluciones del Director general cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio del recurso potestativo de reposición previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1999/01/29/146#art-19