Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 24 dic 2005
Se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para modificar mediante orden, aquellos aspectos de las Órdenes de 12 de enero de 1995 y 17 de diciembre de 1998 que son objeto de nueva regulación por el presente real decreto.
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