Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
14 / 38En vigor desde 2 mar 2023
Los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ámbito de sus funciones de auxilio a la Administración de Justicia, velarán por el impulso y reconocimiento de los valores éticos y deontológicos, así como por la implantación de todas aquellas actuaciones conducentes a la mejora de la calidad del servicio público de justicia.
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Proeli/es/rd/2023/02/28/144#art-5