Art. 2

Art. 2

2 / 17
En vigor desde 4 nov 2012
1. Las enseñanzas mínimas y la descripción del perfil profesional y del contexto profesional correspondientes al título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño en Asistencia al Producto Gráfico Impreso se regulan en el anexo I al presente real decreto. 2. Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán el currículo correspondiente a este título del que formarán parte los aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas mínimas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2012/10/11/1436#art-2