Título Título II›Capítulo Capítulo II
Art. Artículos 20 a 30
21 / 47En vigor desde 23 abr 1996
(Derogados)
Se derogan por la disposición derogatoria única.1.b) del texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Ref. BOE-A-1996-8930 . Téngase en cuenta que ya están derogados por la Ley 43/1994, de 30 de diciembre. Se derogan por la disposición derogatoria única de la Ley 43/1994, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-28969 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1992/11/27/1434#articulos-20-a-30