Art. Disposición adicional segunda
11 / 15En vigor desde 30 nov 2003
Los Ministerios de Hacienda y de Ciencia y Tecnología preverán los instrumentos de colaboración necesarios que permitan una comunicación adecuada entre las actuaciones desarrolladas en aplicación de este real decreto y los procedimientos relacionados con éste.
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Proeli/es/rd/2003/11/21/1432#disposicion-adicional-segunda