Art. 143
Libro REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓNTítulo TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª De las señales y órdenes de los agentes de circulación

Art. 143

150 / 224
En vigor desde 1 jul 2025
1. Los tipos de semáforos son: a) Semáforos reservados para peatones. b) Semáforos circulares para vehículos. c) Semáforos cuadrados para vehículos, o de carril. d) Semáforos reservados a determinados vehículos. 2. El significado de las luces de los distintos semáforos se regula en el apartado 4 del anexo I. Se modifica por el art. único.15 del Real Decreto 465/2025, de 10 de junio. Ref. BOE-A-2025-12199

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2003/11/21/1428#art-143