Art. [preambulo]
En vigor desde 2 oct 1997
El Reglamento (CEE) 3760/92, del Consejo, de 20 de diciembre, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura, fija, como objetivo general de la política común de pesca, la protección y conservación de los recursos marinos y la organización sobre una base sostenible, de la explotación racional y responsable de los mismos, en condiciones económicas apropiadas para el sector, teniendo en cuenta sus repercusiones en el ecosistema marino y tomando en consideración en particular tanto las necesidades de los productores, como las de los consumidores.
El Reglamento (CE) 894/97, del Consejo, de 29 de abril, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros regula las dimensiones mínimas de las mallas de las redes de enmalle en las aguas comunitarias y, entre ellas, las de la región 3, en la que se encuentra el Golfo de Cádiz.
Las modalidades de pesca tradicionalmente conocidas como artes menores, de marcado carácter artesanal, tienen una gran importancia socioeconómica en el litoral del Golfo de Cádiz, afectando a un elevado número de embarcaciones, generalmente de pequeño porte, con una notable repercusión sobre los recursos pesqueros costeros de la zona. Por ello, resulta conveniente la regulación de estas pesquerías.
La Constitución española atribuye al Estado en su artículo 149.1.19. a la competencia exclusiva para regular la pesca marítima así como el establecimiento de la normativa básica de ordenación del sector pesquero.
En la elaboración del presente Real Decreto han sido consultados la Comunidad Autónoma de Andalucía y el sector afectado. Asimismo, se ha cumplido el trámite previsto en el artículo 17 del Reglamento (CE) 894/97, de 29 de abril.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación de acuerdo con el Consejo de Estado previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de septiembre de 1997,
DISPONGO:
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Proeli/es/rd/1997/09/15/1428#preambulo-pr