Art. Disposición transitoria segunda
3 / 27En vigor desde 21 jun 1983
El artículo 15 de la Reglamentación Técnico-Sanitaria no será exigible hasta las fechas de entrada en vigor que fijan las Disposiciones Transitorias del Real Decreto 2058/1982, de 12 de agosto, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios envasados.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 279, de 22 de noviembre de 1983. Ref. BOE-A-1983-30705 .
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Proeli/es/rd/1983/04/27/1424#disposicion-transitoria-segunda