Art. 23
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.ª El plan de acción anual

Art. 23

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En vigor desde 15 dic 2006
El Plan de Trabajo de la Agencia forma parte del plan de acción anual, incluyéndose en el mismo los programas y políticas públicas a evaluar gestionados por la Administración General del Estado a que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera de la Ley de Agencias Estatales. En el Plan de Trabajo se determinará el alcance de cada una de las evaluaciones, los plazos para su ejecución, y la unidad administrativa, de la propia Agencia de Evaluación, o de otros órganos, responsable de su ejecución. Una vez aprobados dichos programas y políticas públicas por el Consejo de Ministros, el Plan de Trabajo se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
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eli/es/rd/2006/12/01/1418#art-23