Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 30 jul 1986
Son funciones y actividades del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior, en relación con el tráfico internacional de animales, el control sanitario de las enfermedades transmisibles al hombre (zoonosis). Esta función se desarrollará en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca Alimentación, de acuerdo con la Ley de Epizootías.
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eli/es/rd/1986/06/13/1418#art-8