Libro REGLAMENTO GENERAL DE RECAUDACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIAL›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
11 / 154En vigor desde 26 jun 2004
Los actos de la Tesorería General de la Seguridad Social para la determinación y recaudación de la deuda con la Seguridad Social gozan de presunción de legalidad y son inmediatamente ejecutivos.
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Proeli/es/rd/2004/06/11/1415#art-7